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El comparendo ambiental

martes, 12 febrero 2013 / Publicado en Aseo

El comparendo ambiental

Es una herramienta regida por la ley No. 1259 de diciembre de 2008 que pretende fortalecer la cultura ciudadana y disminuir los problemas ambientales y de salud ocasionados por la mala disposición de los residuos sólidos. 

¿A quién se aplica el comparendo?

A todas las empresas, personas e industrias que dispongan los residuos sólidos o escombros en sitios No autorizados, afectando el medio, los ciudadanos y la salud. 

¿Cómo puede ser sancionado?

  • Educación ambiental durante 4 horas.
  • Prestación de trabajo social durante 1 día.
  • Multa de 2 a 20 salarios mínimos.
  • Cerramiento del establecimiento 

¿Cómo incumplimos la ley?

  • Al sacar basuras en horarios no establecidos.
  • Al disponer residuos y escombros en lugares no autorizados.
  • Arrojando residuos sólidos o escombros a humedales, páramos, bosques o cualquier ecosistema o fuente de agua.
  • Al presentar dentro de los residuos domésticos animales muertos o sus partes.
  • Disponiendo escombros o material de construcción en áreas públicas.
  • No usar los recipientes o demás elementos para depositar los residuos sólidos de acuerdo a los fines establecidos para ello.
  • Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos y escombros
  • Extrayendo indebidamente la basura de las bolsas o canecas presentadas al operador del servicio de recolección
  • Al realizar quemas sin control o autorización.
  • Dejando heces fecales de mascotas en áreas públicas.
  • No tener en condiciones adecuadas el sitio de clasificación y recolección de residuos.
  • Arrojando basuras a las vías desde un vehículo automotor de tracción animal.
  • Disposición de desechos industriales sin medidas de seguridad y en sitios no autorizados.
  • Instalar cajas, canastillas o cestas de almacenamiento sin el lleno de requisitos establecidos en el decreto 1713 de 2002.

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